Más videoblogs de legislación de Yamandú R. caorsi, AQUÍ
Sinopsis del videoblog
En un blog pasado hablamos de los requisitos que tiene que tener las embarcaciones para poder destinarse al charter, en particular la necesidad de que estén registrados como comerciales en el registro de bandera. En este blog nos referiremos de forma más específica a la los requisitos que debe cumplir el empresario de charter que realiza la actividad en España.
- Empresario de charter puede ser cualquier persona jurídica o física, nacional o extranjera, que pueda realizar negocios en España
- Puede ser titular de las embarcaciones que explota o explotador de las mismas en virtud de contrato de fletamento
- El barco puede ser bandera española o extranjera pero debe estar registrado en el Estado de bandera como comercial
- Existe libertad de tráfico de cabotaje para los barcos abanderado en la U.E. Se puede realizar charter con embarcaciones de bandera no comunitarias cuando se obtenga la correspondiente dispensa. En el caso de embarcaciones de recreo la normativa se aplica de manera laxa
- El barco tiene que ser bienes de la U.E. Ello significa que cuando es un barco de bandera no comunitaria tiene que estar debidamente importado.
- El IESDMT (impuesto de matriculación) tiene que estar pagado o solicitada la exención por charter
- Debe contar con el seguro de responsabilidad civil y con el seguro obligatorio de viajeros
- Cuando se trata de una embarcación de hasta 24 metros debe pasar un reconocimiento (ITB).
- Si se trata de un alquiler con dotación el capitán y los oficiales tienen que tener una titulación aceptada por el Estado de
- Debe estar debidamente despachado a no ser que se trate de una embarcación de la Lista Sexta, es decir, comercial abanderada en España, en la que es suficiente el permiso de navegación
- Debe contar con la preceptiva autorización del Gobierno de la Comunidad Autónoma donde se realiza la actividad en caso de que fuera exigido
En la Comunidad Autónoma de Islas Baleare existe un registro de embarcaciones autorizadas a realizar chárter que permite detectar las que realizar la actividad de forma irregular