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Sinopsis
COMPRAR UN AMARRE
Cuando compramos un barco tenemos que pensar donde tenerlo. Para ello muchos aficionados adquieren un amarre aunque en realidad lo que se está adquiriendo es el derecho a uso preferente del mismo y por un determinado tiempo. Se debe tener en cuenta que, obviamente, los puertos están enclavados en lo que se llama el demanio marítimo terrestre, zona inmediata al final del mar, zona cuya titularidad corresponde al Estado y es de carácter inalienable.
Uso preferente del mismo significa que no se trata de un uso único o exclusivo del titular, y que puede usarse por otros cuando no lo usa el mismo. Por tiempo determinado significa que el derecho a uso preferente se pueda disfrutar mientras dure la concesión del concesionario que nos cede el amarre o del plazo que establezca al título cuando la cesión nos la hacen en un puerto de gestión directa.
Dicho ello el precio del amarre vendrá determinado por:
- Demanda de amarres en la zona que se encuentre el puerto
- Calidad o servicios de la instalación portuaria
- Tamaño del amarre
- Periodo de uso cedido
También se deben tener en cuenta otras cosas a la hora de efectuar la compra:
- Gastos de mantenimiento
- Limitaciones que afecten al propio titular
- Posibilidad de alquiler a terceros
- Comisiones y gastos que se puedan devengar en caso de transmisión.
Uno de los aspectos más inciertos de la gestión de las instalaciones portuarias es que sucede con el titular del derecho de uso preferente cuando se termina la concesión. Lo que resulta claro es que su derecho caduca. Es decir, termina. Lo que no resulta tan claro es si por el hecho de ya haber disfrutado del amarra tiene algún privilegio frente a terceros que pueden estar interesados a la hora de renovar al derecho a uso