Tras el acuerdo a tres bandas en la pasada primavera (administración, sector económico, representantes de usuarios) del texto que ha de regir las nuevas competencias de los carnets que autorizan administrativamente el poder navegar legalmente en España, solo falta que sea aprobado oficialmente. Es decir que aparezca en el Boletín Oficial del Estado (BOE), para que sea efectivo su ámbito de aplicación.
En principio esta nueva normativa tenía que estar lista para este verano. Pero el retraso de la publicación de la norma nos hace reflexionar más de lo debido… Es posible que en el próximo Consejo de Ministros salga aprobada. O que se espere a que pase el verano… O que… Típico ‘culebrón de verano’.
El retraso de la aparición de la nueva normativa es debido a que entre los técnicos de la administración se ha decidido que esta nueva normativa no salga en forma de Orden Ministerial (O.M.), instrumento legal empleado hasta fecha en estas cuestiones náuticas, sino que tendrá categoría de un Real Decreto Ley (D.L.).
Si la Orden Ministerial (O.M.) es un rango normativo, avalado por el ministerio correspondiente en cuestiones de su competencia, el Decreto Ley (D.L.) es una norma respaldada por el Consejo de Ministros en pleno, lo que le da más fuerza y categoría legal.
Con esta nueva suspicacia por parte de nuestros administradores parece que se quiere proteger, con un texto legal de mayor peso, este espacio de competencias sobre titulaciones náuticas recreativas. ¿Protegerla de las actitudes, cada vez más abiertas, por parte de muchos navegantes de nuestro país, en acogerse a pabellones comunitarios para eludir la compleja legislación española en materia de la náutica recreativa? Es posible. En el próximo Consejo de Ministros puede que se despeje esta cuestión, típico ‘culebrón de verano’.
Angel Joaniquet