El IEDMT hay que pagarlo cuando el barco se alquila a residentes en España que navegan en aguas españolas, y cuando una empresa establecida en España la alquila o explota. Si bien en el caso que plantea la empresa y el barco son extranjeros, por el solo hecho de que el alquiler se realice desde España, como parece ser, la empresa se puede considerar establecida, con lo cual hay que pagar el impuesto.
Un residente español quiere adquirir un barco con bandera austriaca. ¿Qué permiso necesitaría si quisiese conservar la bandera austriaca pero conducir el barco en aguas españolas? ¿Y respecto al nivel de seguridad?
Los barcos se rigen por la bandera que arbolan, con lo cual habrá que estar a lo que ordene la legislación austriaca. Lo primero que hay que averiguar es si un no austriaco, o un no residente en Austria, puede conservar la bandera. También habría que saber qué título se exige para el gobierno de la misma según la legislación austríaca.