El proyecto de ley de navegación marítima ha sido presentado en el Congreso y está siendo tramitado con competencia legislativa plena por la comisión de justicia, habiéndose abierto un plazo inicial de enmiendas, de momento hasta el día 18 de diciembre, que posiblemente sea prorrogado.
Muchos serán los puntos a tratar en el proceso legislativo que, en la práctica, dependen en gran medida de la capacidad de convencer al legislador de los distintos intereses económicos.
El proyecto se detiene tangencialmente en la conservación del patrimonio que suponen las embarcaciones de época y reproducciones, sentando las bases de una regulación específica a desarrollar por el gobierno y un régimen fiscal especial.
Según el proyecto, los buques y embarcaciones históricas y sus reproducciones singulares podrán matricularse y abanderarse en un registro especial en los términos que reglamentariamente se determinen por el Gobierno. Dicha reglamentación establecerá, asimismo, un régimen simplificado de certificación e inspección al que estarán sometidas ese tipo de buques y embarcaciones.
Los buques y embarcaciones incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español, o declarados bienes de interés cultural, y los que revistan un interés especial por haber pertenecido a alguna personalidad relevante, o intervenido en algún acontecimiento de trascendencia histórica, además de inscribirse en el registro que se cita en el párrafo anterior, gozarán de un régimen especial de carácter fiscal y de la exención de tasas portuarias en los términos que reglamentariamente se determinen por el Gobierno de acuerdo con los instrumentos de fomento y protección reconocidos en la legislación sobre Patrimonio Histórico.
Jaume Prats
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