Con frecuencia se menosprecia la obtención de la licencia deportiva. ¡Las licencias! Organizadores de distintos tipos de actos deportivos no las exigen, con la clara finalidad de aumentar la participación en esos actos, pero el riesgo que corren organizadores y participantes es muy grande, pues la Seguridad Social no se hace cargo de las curas ni los tratamientos posteriores, si son consecuencia de un accidente deportivo, entendido éste como el que ha sucedido durante la participación en una competición, oficial o no. Eso no quiere decir que si usted tiene un accidente grave no le vayan a atender, eso sería denegación de auxilio, pero no le quepa duda que le cobrarán el servicio.
Verán, la Seguridad Social genera una facturación en el caso de que exista lo que se denomina un «tercero obligado al pago», como es el caso de accidentes de tráfico, que deben ser cubierto por seguros obligatorios, los accidentes laborales que deben ser cubiertos por las mutuas o los accidentes sucedidos durante las competiciones deportivas, que han de ser cubiertos por las compañías contratadas por las federaciones o los organizadores de actos deportivos. Si usted no tiene licencia, pagará usted.
Todas las personas que practican el deporte federado están obligadas a tener una licencia federativa. Incluidos árbitros y entrenadores. Una para cada uno de los deportes. La finalidad de la licencia es contribuir al sostenimiento de la federación deportiva y tener un seguro de accidentes. Así lo establece el artículo 59.2 de la Ley del Deporte, cuando dice que: “Con independencia de otros aseguramientos especiales que puedan establecerse, todos los deportistas federados que participen en competiciones oficiales de ámbito estatal deberán estar en posesión de un seguro obligatorio que cubra los riesgos para la salud derivados de la práctica de la modalidad deportiva correspondiente.
En el caso de que la asistencia sanitaria sea prestada por una entidad distinta a la aseguradora, esta última vendrá obligada al reintegro de los gastos producidos por dicha asistencia, conforme a lo establecido en el artículo 83 de la Ley General de Sanidad.”
Este tipo de seguros es también obligatorio para la participación en competiciones oficiales de carácter autonómico, pues las diferentes normativas autonómicas copian en estos aspectos la ley estatal.
Fíjense en el segundo párrafo del apartado anterior. Significa que las lesiones y los accidentes sufridos en la práctica deportiva son por cuenta de la entidad aseguradora de cada federación deportiva. Para ello, cada federación debe informar a sus deportistas de los centros médicos a los que debe acudir en caso de accidente o lesión. Si acude por su cuenta y riesgo a un centro no concertado por su compañía de seguros, será el propio accidentado quién se hará cargo de las curas o tratamientos.
Por supuesto, en caso de gravedad, el herido deportivo debe ser llevado al centro médico más próximo o mejor preparado, y eso suele ser un hospital de la Seguridad Social, pero incluso en ese caso los gastos económicos ocasionados por las atenciones recibidas pueden ser reclamados a la compañía aseguradora o al propio interesado.
Esto es igual para quienes hacen ejercicio en un gimnasio. Aunque no lo indique expresamente, la cuota del gimnasio incluye un seguro de accidentes. Así que si usted se hace daño practicando en alguna máquina de musculación o resbala en la piscina debe preguntar al personal del gimnasio a cuál centro médico debe acudir, pues es muy posible que no le atiendan en la Seguridad Social ni en su propia mutua privada, a menos que tenga especialmente contratada esta contingencia.
La Ley del Deporte comentada antes es del año 1990, pero el año siguiente se publicó el Real Decreto 1835/1991 sobre Federaciones deportivas españolas, en cuyo artículo 7 se incide más en esta cuestión, cuando se dice que en todas las licencias deportivas debe constar la información siguiente:
Seguro obligatorio a que se refiere el artículo 59.2 de la Ley del Deporte.
Cuota correspondiente a la Federación deportiva española.
Cuota para la Federación deportiva de ámbito autonómico.
Muchas federaciones deportivas autonómicas y aún españolas no cumplen con estos requisitos. Algunas no incluyen el precio en la propia licencia, y muchas de las que lo incluyen no desglosan el montante de su importe según lo que indica el Real Decreto citado.
Al incluir en la licencia el coste del seguro obligatorio se debe incluir también el nombre de la compañía aseguradora a la cual deberá acudir cada deportista en caso de necesidad. Y eso puede variar cada temporada del mismo modo que cada uno de nosotros es muy libre de asegurar el automóvil donde más nos convenga, y cambiar cada año. Puede suceder, entonces, que deportistas de una misma federación estén asegurados en compañías distintas. Y sucede, sin ninguna duda, que en una misma competición de ámbito estatal se puedan dar cita deportistas que están asegurados en compañías distintas según su federación autonómica y que, por lo tanto, en caso de lesión, tal vez tengan que acudir a centros médicos distintos. Cada deportista es responsable de saber a dónde tiene que acudir y es buena cosa enterarse antes de empezar a practicar. Por si acaso…
Si el organizador de una competición no es una federación o club deportivo afiliado, entonces ese organizador viene obligado igualmente a contratar un seguro para los participantes, pues la Seguridad Social seguirá sin hacerse cargo de las curas o tratamientos. Y la mutua privada del accidentado tampoco.
Imaginemos ahora una hipotética regata de cruceros. Suele suceder que encontrar tripulaciones es un problema y, si se encuentra, ésta se formaliza a última hora. El organizador suele –también- pedir la licencia federativa de vela al armador o al patrón, ignorando por completo las del resto de la tripulación, que pueden tenerla –si son habituales- o no tenerla en absoluto. Pues bien, si usted es uno de esos tripulantes y se rompe el meñique del pie contra un candelero o se abre la cabeza contra la botavara, vaya preparándose para abonar usted mismo las facturas. U obtenga la licencia en cuanto empiece el año, que está tirada…de precio.
No pretenda llegar al hospital rojo como un tomate, calzando náuticos y con un polo cargado de patrocinios y decir que se ha hecho “pupita” limpiando la nevera, que no cuela…
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