Estoy sacándome el título de Capitán de Yate para luego obtener el Pper. Me gustaría, en el futuro, tener un barco con el que hacer chárter, ya sea por mi cuenta o a través de alguna empresa.
Agradecería que me respondieran a las siguientes preguntas.
¿Puede tratarse de un barco con bandera extranjera como la Belga para tener algunas ventajas? Cuáles son las ventajas y cuáles los inconvenientes.
¿El alta de autónomo puede ser por el tiempo que se realiza la actividad?
J.L. Pérez García
Según el Real Decreto 435/2010 de 5 de noviembre que regula el abanderamiento y matriculación de embarcaciones de recreo de las listas sexta y séptima del registro de matrícula de buques, ya no es obligatorio el abanderamiento de las embarcaciones bajo pabellón español. No obstante, sí que continúa la obligación de pagar el impuesto de matriculación en España si ésta fuera obligatoria. Las ventajas e inconvenientes, de acudir a una bandera europea distinta de la española, dependerán en función del país elegido para abanderar. En la actualidad, el registro belga permite una fácil matriculación y una reducción de los requisitos de navegación a nivel de revisiones de las embarcaciones, lo que en la práctica supone una reducción de los costes.
¿El alta de autónomo puede ser por el tiempo que se realiza la actividad?
Desde el inicio de la actividad hasta la expedición de la última factura, deberá mantenerse dentro del régimen de trabajadores autónomos.
Jaume Prats
BARCELONA ABOGADOS
Pau Claris 162, 2n 4a
08037 Barcelona
T: +34 93 488 10 50
F: +34 93 215 62 37
www.BarcelonaAbogados.com