Me dedico al mundo chárter hace cinco años, enrolado como Patrón por cuenta ajena. Tengo la titulación de Patron Profesional hasta 12 pasajeros y 10 metros en aguas interiores. Quisiera saber si puedo hacer de autónomo con esta titulación concedida por Marina Mercante hace unos meses en convalidación con Marinero Maquinas y Puente y más de 6 meses enrole. Tengo Patrón Portuario con falta de 3 meses de enrole para acabar los 12 meses exigidos de prácticas.
Pedro Moreno
Para estar encuadrado en el régimen de autónomos del mar es necesario que se realice una actividad económica de forma habitual, personal y directa, siempre que la misma constituya medio fundamental de vida.
Las actividades a realizar que dan lugar al encuadramiento son:
1.- Armadores de embarcaciones que no excedan de 10 toneladas de registro bruto, no lleven más de cinco personas enroladas, incluido el armador, y en las cuales éste vaya enrolado como técnico o tripulante.
2.-Los que se dediquen a la extracción de productos del mar.
3.-Los rederos que no realicen sus faenas por cuenta de una empresa pesquera determinada.
Se presume que dichas actividades constituyen medio fundamental de vida siempre que de las mismas se obtengan ingresos para atender a las propias necesidades o, en su caso, de la unidad familiar, aun cuando se realicen otros trabajos no específicamente marítimo-pesqueros, determinantes o no de su inclusión en cualquier otro Régimen de los que integran el sistema de la Seguridad Social, con carácter ocasional o permanente.
Por lo tanto, la titulación por sí sola no es medio hábil para el alta en autónomos del régimen del mar que precisa de los requisitos antes mencionados, y en su caso será necesario obtener la autorización de capitanía y estar enrolados con determinada embarcación.
Cabe mencionar que los criterios de interpretación y aplicación por lo que hace referencia al régimen del mar varían mucho en cada dirección provincial por lo que es aconsejable comentarlo con la que corresponda en su caso.
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