La citada Resolución (cuyo texto completo se puede consultar en este enlace) responde a la propuesta presentada por ANPPER (Asociación Nacional de Patrones Profesionales de Embarcaciones de Recreo) a la Dirección General de la Marina Mercante, que ha contado con la colaboración de ANEN, de la que ANPPER es miembro desde 2016.
Las mejoras introducidas se refieren a las zonas y condiciones de navegación, según las cuales el PPER habilita para “el gobierno de embarcaciones de recreo de bandera española matriculadas en las listas sexta o séptima, siempre que no lleven más de 12 personas a bordo incluida la tripulación, de eslora igual o inferior a 24 metros, en las siguientes categorías”:
- Navegaciones a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 60 millas paralela a la misma. (En la anterior normativa se limitaba el área de navegación a la zona paralela a la costa española, especificación que se elimina en la actual Resolución).
- Navegaciones de cabotaje y a lo largo de la costa dentro de la zona comprendida entre ésta y la línea de 150 millas paralela a la misma, acreditando un período de embarque no inferior a 24 meses en el ejerciendo como patrón. (Se trata de una nueva atribución que tiene una positiva repercusión para el ejercicio del chárter).
Este logro ha sido fruto de las sinergias entre ambas asociaciones, ANPPER y ANEN, y fue impulsado durante la celebración del V Congreso Náutico que tuvo lugar en Palma el pasado mes de marzo, y que contó con la participación y asistencia de los representantes de la DGMM.