En el marco de la últimas jornadas de puertos deportivos de Marbella, y que estamos desgranando capítulo a capítulo en esta sección, Don Francisco Javier Ramis, Director General de Puertos y Aeropuertos de Baleares, expuso la experiencia que se ha adoptado en Baleares con respecto al efecto 2018.
Si bien es cierto que la ley de puertos de Baleares incide en el problema del 2018 e incorpora el efecto 2018 a la legislación propia, también contempla una solución: un nuevo titulo con condiciones.
En base a la DT4 los concesionarios han podido optar entre el mantenimiento del título o renunciar al mismo y obtener un nuevo título por 30 años. El nuevo titulo supone la revisión económica de la concesión y el compromiso de la prestación eficaz de los servicios.
El resultado se antoja positivo: se pasa de una recaudación por cánones de 125.000 euros anuales a 9 millones de euros anuales, y se compromete una inversión total de 91 millones de euros que puede elevarse a unos cánones superiores a los 11 millones y una inversión final próxima a los 130 millones de euros.
Las inversiones no sólo han supuesto una mejora clara de los puertos sino la creación de 1800 puestos de empleo. El sector azul tiene una clara aportación en la economía de Baleares.
El objetivo de la ley de puertos Balear de 2005 se ha cumplido: se ha ofrecido mayor seguridad jurídica, se ha promovido la modernización de las instalaciones , se han captado nuevas inversiones directas, se han incrementado los ingresos públicos y se ha aprovechado para la profesionalización de la gestión. El sector azul náutico es un motor para Baleares.
Por tanto se consigue convertir el problema de efecto del 2018 en una oportunidad de futuro para la comunidad.
Para la determinación de los nuevos cánones se ha buscado un consenso con las asociaciones el sector náutico.
Para la valoración de las concesiones y establecimiento de la base imponible para el cálculo del canon se ha seguido varios criterios: para los concesionarios con ánimo de lucro se calcula por la actualización de rentas y para los concesionarios sin ánimo de lucro se aplica el valor de reposición.