Tras varios meses de trabajo entre la DGMM, la Asociación Nacional de Empresas Náuticas, ANEM y la AEGY (Asociación Nacional de Grandes Yates) se ha publicado una nueva instrucción de servicio que pretende unificar, clarificar y simplificar los criterios empleados por las Capitanías marítimas.
Según nota remitida por ANEN esta normativa supone una mejora sustancial en la agilización de los procesos en materia de chárter y busca la competitividad y mejora de este sector en España, que puede convertirse gracias a la adopción de medidas de este tipo en receptor de chárter náutico, en especial en el sector de los superyates y megayates. Esta actividad económica es un motor de la industria náutica para determinadas zonas como es el caso de Baleares, Cataluña y el levante español.
En definitiva, a partir de ahora la administración marítima no exigirá documentos que ya se encuentren en su poder, lo que supone un ahorro de tiempo y burocracia que redunda en una mejora de los procesos, concretando de forma taxativa los documentos a aportar, permitiendo traducciones privadas de documentos (antes era necesario la aportación de traducciones juradas) y aceptando copias de los mismos.
En cuanto a los megayates (buques de eslora superior a los 24 metros), se crea una base de datos “BDMY” susceptibles de realizar la actividad de arrendamiento náutico en o desde puertos españoles, con el fin de agilizar su despacho.
Todas ellas son medidas que el sector náutico ha venido reclamando a la administración marítima con el objetivo de facilitar el trabajo de los operadores de chárter en su actividad en nuestro país y mejorar así la competitividad de este sector.
Según manifiesta Carlos Sanlorenzo, Secretario General de ANEN “este tipo de medida nos puede ayudar, sin duda, a ser líderes en el Mediterráneo y, de esta forma, aportar a la sociedad española en su conjunto un crecimiento de empleo estable y cualificado, así como mayores ingresos y una actividad económica que el chárter náutico genera de forma evidente. Agradecemos a la administración marítima, en concreto a la DGMM, que haya entendido nuestros argumentos y hayamos podido trabajar de forma conjunta en mejorar nuestros procedimientos”.
En relación con la citada Instrucción, Miguel Angel Serra, asesor fiscal de ANEN, señala que “era una instrucción necesaria y esperada, en la medida en que era imprescindible homogeneizar la documentación requerida para el ejercicio de la actividad de chárter en todas las Capitanías del territorio nacional, que hasta la fecha era muy dispar y generaba confusión tanto en los operadores nacionales como internacionales”.
Por otra parte, en relación con las entidades no residentes que operan los superyates y megayates, subsector de alto valor añadido dentro de la industria náutica, señala como un aspecto esencial el hecho de que “hemos conseguido eliminar la exigencia de aportar el número de IVA español a las capitanías marítimas con carácter previo a la obtención del despacho, lo que permitirá gestionar en paralelo ambos procesos y acortar el plazo de despacho en unas dos semanas, sin menoscabo de garantía alguna para las autoridades marítimas.”