El año pasado anunciamos en estas páginas la incipiente actividad de los parques acuáticos desmontables que se instalaban a pocos metros de la costa. Se trata de elementos flotantes de juegos hinchables independientes o interconectados, fijados en el fondo marino mediante muertos o anclajes apropiados que tienen un balizamiento perimetral y una línea de vida a flote para facilitar el acceso.
La actividad requiere la instalación de una mínima caseta en la arena desde donde se controla el acceso, se venden las entradas, y proveen de los chalecos salvavidas imprescindibles para una actividad de este tipo, y como no, de carteles lo suficientemente claros para mostrar las exigencias y condiciones de seguridad de la actividad.
Estas instalaciones temporales requieren de un equipo especializado de socorristas a plena disposición para los usuarios, vigilantes de día y de noche y personal de control de acceso y venta de entradas.
En la pasada temporada estival muchos ayuntamientos no tenían previsto en sus planes de uso la instalación y ocupación de este tipo de instalaciones, lo que en la práctica suponía un obstáculo mayúsculo a una correcta licitación del servicio.
Por otro lado, el parque acuático en el mar requiere la aprobación de capitanía marítima por la necesidad de su balizamiento.
La tramitación administrativa de la licitación hace que aún queden abiertos algunos procesos en los que, si están interesados, aún pueden concurrir y cuyos impulsores son los ayuntamientos.