La mayoría de los aficionados y profesionales de la náutica en España sienten un enorme perjuicio por la aplicación de elevados impuestos a esta actividad. Algunos tiempos pasados fueron mejores, pero no todos.
El IVA es el gran causante de nuestros males, mucho más que el Impuesto de Matriculación. Vean porqué. El IVA se aplica en España desde enero de 1986, cuando entró en vigor con un tipo general del 12% pero, aunque parezca mentira, ya antes había impuestos. Las embarcaciones de recreo pagaban dos tipos diferentes de impuestos, según fuera su eslora. Las embarcaciones de hasta 5 metros pagaban el denominado Impuesto General de Tráfico de Empresas, comúnmente conocido como ITE. Este impuesto era del 5% sobre el precio de venta del barco. A partir de 5 metros se aplicaba el llamado Impuesto de Lujo, que gravaba también a los automóviles, las joyas y las pieles, por poner unos ejemplos. El Impuesto de Lujo era del 33% sobre el precio de venta. Se entiende que era sobre el precio facturado y no siempre se facturaba lo que realmente se pagaba sino, obviamente, se facturaba de menos para pagar menos impuestos.
Recuerdo perfectamente que en 1985 un amigo me comentó: “si ahora por un mísero 5% del ITE ya se hacen trampas, no veas las que se van hacer por el 12%. El tiempo le ha dado la razón”.
Basta una simple mirada para comprender que el 1 de enero de 1986 los barcos de hasta 5 metros de eslora fueron cargados con un 7% más de impuestos. Los más pequeños fueron los más perjudicados.
Sin embargo, no sucedió lo mismo con los barcos más grandes, que siguieron pagando lo mismo, pues el impuesto sobre el lujo fue substituido por un tipo de IVA denominado “incrementado” que era exactamente del 33%. No había impuesto de matriculación. Ojo: el tipo “incrementado” no lo pagaban los barcos a partir de 5 metros, no. Lo pagaban a partir de 9 metros, de modo que los barcos entre 5 y 9 metros pasaron a pagar el 12% de impuestos cuando hasta entonces pagaban el 33%. Es más: en la norma original, publicada en el BOE el 25 de abril de 1985, no constaba la eslora de nueve metros, sino la de 7,5 metros. Las reclamaciones del sector consiguieron un metro y medio más de eslora con el tipo normal de IVA.
El tipo general de IVA subió dos veces en 1992, primero al 13% y después al 15%, momento en que también bajó el tipo incrementado al 28%. Durante un breve período de tiempo los yates grandes costaron un 5% menos.
El 1 de enero de 1993 desapareció el tipo incrementado, pero fue substituido por el Impuesto Especial sobre determinados medios de transporte, conocido como Impuesto de Matriculación. Su tipo era del 13%, de modo que este porcentaje más el 15% del IVA volvían a sumar el 28% del tipo incrementado de IVA que se aplicó hasta entonces. Lo comido por lo servido.
El tipo general del IVA ha ido subiendo con el tiempo. Puede que vuelva a subir. Y el tipo del Impuesto de Matriculación para los barcos ha bajado, pero solo un punto. Ahora está en el 12%. Si no se fijan mucho podrán llegar a la errónea conclusión que una embarcación de recreo paga hoy los mismo impuestos que en 1985: el 33%, pero eso no es exactamente cierto. Las embarcaciones de hasta 5 metros pagan mucho más que entonces, pues han pasado en 30 años de cotizar solo el 5% a cotizar el 21%. Pero esto ha sucedido con casi todos los productos de consumo, desde los televisores a las cazuelas, por poner unos ejemplos.
Los barcos de más de 8 metros de eslora siguen pagando el 33%, pues la suma del IVA y del IM es igual al fallecido Impuesto sobre el Lujo. Sin embargo, hay una notable franja de esloras -que se encuentra entre los 5 y los 8 metros de eslora– que pagan hoy bastante menos de lo que pagaba en 1985. Del 33% que suponía para ellas el Impuesto de Lujo han pasado a pagar el IVA al 21%, visto que no pagan el Impuesto de Matriculación. La franja que va desde los 5 a los 8 metros de eslora ha salido históricamente beneficiada. Y esa es precisamente la franja de mayor número de unidades vendidas.
Algunos economistas consideran que el IVA debería ser menor y que los impuestos especiales deberían ser mayores. Argumentan que el IVA tiene un carácter regresivo e insolidario pues un ciudadano de renta baja, que tiene que destinar prácticamente toda su renta al consumo, ve gravadas casi todas sus compras al 21%, mientras que un ciudadano de renta alta puede destinar parte de la misma al ahorro o a las inversiones, que no tributan IVA. O a las propiedades inmobiliarias, que tributan a tipos más bajos.
A todo esto hay que tener en cuenta que el Impuesto de Matriculación no solo lo pagan los barcos. También y especialmente los automóviles, Pero no al 12%, pues en función de su grado de emisiones de dióxido de carbono (CO2) puede ser que vayan del 0% al 16%. Además del IVA del 21%. Determinados automóviles, los quads y las motos acuáticas pagan más impuestos que los mayores yates.
En consecuencia, lo que debe solicitar el sector náutico español no es la abolición del Impuesto de Matriculación para la náutica, sino unirse al sector del automóvil y pedir, directamente, la supresión del Impuesto de Matriculación para ambos sectores. No es para tanto pues la recaudación total por este concepto en 2014 fue de “solo” unos 274 millones de euros en todo el Estado mientras que la del IVA superó los 56.000 millones. Es más: PSOE y Ciudadanos abogaron por suprimir este impuesto en la pasada contienda electoral.
¿Y qué servicios habría que suprimir si desaparece esta parte de la recaudación? Por supuesto ni una sola aula ni un solo quirófano. ¿Qué tal no repetir procesos electorales, quitar coches oficiales con chofer, acabar con los comedores subvencionados en las sedes parlamentarias, suprimir los viajes gratuitos de los políticos, los trenes de alta velocidad sin pasajeros, los aeropuertos sin aviones…?
¡Ah! ¡Qué lástima! El Impuesto de Matriculación no es del Estado. Está cedido a las Comunidades Autónomas y, visto que tienen estrangulado su límite de déficit, no creo que estén dispuestos a renunciar ni a un solo euro…
Pero aun así hay una solución. Quitar el Impuesto de Matriculación se podría compensar sobradamente cediendo a las comunidades autónomas el 0,5 % del IVA: 280 millones. Bajar el precio final de motos, barcos y coches animaría el mercado y el Estado recuperaría con creces el importe del IVA cedido. Al final, todos contentos. Luego no digan que no aporto soluciones…
Fecha | tipo superreducido | tipo reducido | tipo general | tipo incrementado |
---|---|---|---|---|
Enero de 1986 | – | 6% | 12% | 33% |
Enero de 1992 | – | 6% | 13% | 33% |
Agosto de 1992 | – | 6% | 15% | 28% |
Enero de 1993 | 3% | 6% | 15% | – |
Enero de 1995 | 4% | 7% | 16% | – |
Julio de 2010 | 4% | 8% | 18% | – |
Septiembre de 2012 | 4% | 10% | 21% | – |