El pasado martes 28 junio de 2013, en la página www del Ministerio de Fomento, se anunció que una de las medidas a adoptar dentro de la futura ley de emprendedores seria suprimir el Impuesto de Matriculación para las embarcaciones de más de 15 metros destinadas a chárter.
El Impuesto conocido como de matriculación de embarcaciones se aplica a todos los yates de recreo de más 8 m de eslora registrados bajo bandera española, y todas las embarcaciones de más de 15 m destinadas al alquiler en aguas españolas – incluyendo barcos de bandera extranjera que tienen base en España, o utilizados temporalmente por los residentes en España en aguas territoriales-.
España es el único país que recauda este tipo de impuesto y es conocida la desventaja competitiva que ello supone para las empresas españolas de chárter, y la carga para los compradores de embarcaciones.
Pero las autoridades españolas no deberían bajar la guardia porque, como sabemos, el mercado turístico náutico del Mediterráneo es el mismo para españoles que franceses.
En estos días el debate que se sigue en Francia es muy diferente. Se trata de cómo solucionar el tema de la exención del IVA que venía aplicándose al chárter en el país vecino.
La sentencia del TJUE, conocido como caso Bacino, impone la aplicación del IVA a los servicios conocidos de chárter. Las autoridades francesas, finalmente, han anunciado que los servicios de chárter contratados antes del 15 de julio de 2013 podrán mantener la exención, es decir, IVA 0%, y a partir de dicha fecha deberán aplicarse el tipo general.
No obstante, inmediatamente han apuntado que sobre la base del art. 59 de la Directiva CE 2006/112 y el art. 259 A 1 de del Código Tributario y la normativa que regula las empresas que hacen viajes internacionales, éstas podrían optar por el régimen de prorrata de la base si se puede determinar el tiempo que pasan dentro y fuera de las aguas interiores francesas, o con criterio general, obtener una bonificación del 50% sobre la base imponible, dejando un tipo efectivo del IVA en el 9,8%.
En resumen, mientras se aprueba en España quitar la carga del impuesto de matriculación, y mantener el IVA al 21%, en Francia buscan soluciones para que sus empresas puedan venir a España a chartear en nuestras aguas aplicando en la práctica el 9,8 % de IVA.
Jaume Prats
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