El pasado 6 de julio de 2015 fue el día límite que tenían los concesionarios situados en puertos de interés general para solicitar ante sus Autoridades Portuarias la adaptación de plazo concesional en base a la Disposición Transitoria Décima del TRLPEMM que les permitía llegar hasta el máximo de 50 años.
El Consejo de Administración de Puertos Canarios, en ejercicio de las facultades que le concede la Ley de Puertos de Canarias, ha aprobado los criterios para otorgar la ampliación hasta los 50 años o prórroga de las concesiones otorgadas con anterioridad a la Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación de la Ley de Costas.
Las opciones de ampliación o prórroga en Canarias pasan por la regularización de la cuantía de los cánones, y la realización de Inversiones relevantes para el puerto o el sistema portuario canario.
Las obras deberán ejecutarse íntegramente en el plazo de los primeros cinco años siguientes al inicio de la ampliación y/o de la prórroga concedidas. No obstante, el concesionario podrá iniciar dichas obras desde el momento en el que se le notifique la resolución por la que se le haya otorgado la ampliación y/o la prórroga de su título concesional.
La resolución de puertos canarios determina las obras computables como “nuevas inversiones” que deberán reunir los siguientes requisitos:
a) No deben estar previstas en el título concesional original
b) Habrán de ser aprobadas expresamente por Puertos Canarios
c) Las obras a realizar deberán mejorar alguno de los siguientes aspectos:
• Productividad
• Eficiencia energética
• Calidad ambiental
• Operaciones portuarias
• Introducción de nuevas tecnologías
• Nuevos procesos que incrementen la competitividad
En ningún caso serán computables las obras de mantenimiento o reposición de las actuales infraestructuras e instalaciones portuarias.
La propuesta canaria señala en la propia resolución el procedimiento. El otorgamiento de la ampliación o prórroga tiene carácter discrecional, sin perjuicio de la obligación de motivar las razones de la denegación, en su caso.
La Federación Española de Puertos Deportivos y Turísticos (FEAPDT) está trabajando intensamente con las patronales autonómicas para conseguir trasladar la normativa estatal y adaptar las normativas de las comunidades autonomías.
La iniciativa de Puertos Canarios es un ejemplo de transparencia respecto de los criterios y las reglas para solicitar las prórrogas de las concesiones a seguir por el resto de Comunidades Autónomas.
Jaume Prats
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