Son muchas las entidades deportivas y clubs dedicados al deporte amateur que han recibido en el último año inspección de la Seguridad Social.
No se trata de actuaciones excepcionales relacionadas con denuncias de parte, o las propias que se inician ante un accidente laboral. La seguridad social viene siguiendo a los clubes y a las entidades deportivas sin ánimo de lucro, en el ámbito del deporte no profesional.
Las actuaciones afectan, por lo general a aquellos voluntarios, que prestan un servicio a los clubs, ya sea como entrenadores, administrativos, monitores, regatistas, jueces… y que reciben una pequeña cantidad por su participación con el fin social, cantidad que no coincide con los gastos acreditados, que se convierten en una suma mensual fija.
Aquí es donde la inspección ve una relación laboral, con las consecuencias inmediatas de imponer la regularización de la relación en los últimos 5 años al régimen general de la seguridad social, con las correspondientes sanciones.
El coste y el riesgo para las entidades deportivas es grave. Pero además, supone que el estudiante que tenía una beca y colabora con el club, la puede perder; el padre de familia que recibe la prestación por desempleo y hace de entrenador – habitualmente de los propios hijos- puede perder su derecho a la prestación; o el jubilado que ayuda a la contabilidad o a montar el campo de regatas o hacer de juez puede recibir disgusto parecido…
A estas alturas de la temporada se aconseja que los clubes y entidades sin ánimo de lucro hagan una revisión interna de sus relaciones con el personal y los colaboradores para plantear la regularización en el caso que existan evidencias de relación laboral.
Esto supone, por un lado, verificar qué colaboradores pueden ser considerados sujetos a una relación laboral y darlos de alta en la Seguridad Social, si eso fuera así.
Por otro lado, el club debe delimitar aquellos casos en los que sólo hay pago de dietas o resarcimiento de gastos, sin relación laboral, y ser muy estrictos con los comprobantes de los gastos abonados, limpieza, autopistas, tickets, restaurantes…
Con carácter general les advierto que el criterio de asignación mensual fija es un indicio de relación laboral y que, por tanto, hay que documentar dietas y gastos de modo distinto a un pago fijo.
La actuación inspectora de la Seguridad Social a entidades sin ánimo de lucro, con finalidad social, como son muchos de nuestros clubes deportivos y náuticos, puede ser un mazazo al deporte amateur y de base.
Ha llegado el momento que el legislador reconozca y regule la figura del voluntario y su estatus de manera simple, y facilite a los clubes y entidades sin ánimo de lucro herramientas que ayuden a distinguir sin complejidad ni riesgo interpretativo un “voluntario que recibe una indemnización por los gastos“ de un “trabajador por cuenta ajena” con relación laboral.
Jaume Prats
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