En el ESCRITO remitido hoy por la DGMM se facilitan las aclaraciones y requisitos, tanto para el traslado de las embarcaciones con finalidad empresarial, laboral o profesional, así como sobre la posibilidad de que los propietarios puedan trasladarse para revisar el estado de sus embarcaciones y realizar tareas de mantenimiento.
Cabe destacar que la DGMM considera apropiado que para los traslados concretos de embarcaciones a varaderos/astilleros o náuticas para labores de mantenimiento/reparación se tienen que realizar por el personal adscrito a la empresa que va a realizar los trabajos o por tripulación habilitada y contratada al efecto, con independencia de que la embarcación sea de lista 6ª o 7ª, o inscrita en el régimen especial, el DESPACHO pueda ser sustituido por la presentación de una DECLARACIÓN RESPONSABLE (se puede acceder al documento de dicha DECLARACIÓN en este ENLACE) en la que se manifieste la realización del traslado de la embarcación, sin que sea preciso esperar a que por parte de la administración se expida una autorización para proceder a dicho traslado.