Desde el Ministerio de Fomento y, en especial, del ente Puertos del Estado, se ha dado especial relevancia a la reducción de medio punto del tipo impositivo sobre la tasa de ocupación de las dársenas deportivas en los puertos de interés general, que ha pasado del 6 al 5,5 %.
Diversas comunidades autónomas competentes en materia de náutica deportiva han seguido criterios similares. Desde la Agencia Pública Puertos de Andalucía se anunciaba para el 2014 un rebaja respecto de las tasas de ocupación del año anterior de cerca del 29 %, reducción puesta en duda por parte de la patronal andaluza.
La fiscalidad de la náutica deportiva y, en especial la que soporta el concesionario, no se reduce a la tasa de ocupación, por ello, el traslado de dicha reducción al usuario final puede ser imperceptible.
El incremento de las tasas ha sido una fácil medida recaudatoria por parte de las Comunidades Autónomas, que tiene el límite del equilibrio económico financiero y viabilidad de la gestión. Los concursos desiertos son ejemplo de ello.
Las autoridades portuarias autonómicas deben plantearse qué modelo portuario interesa a su territorio: instalaciones portuarias convertidas en simples elementos recaudatorios, instalaciones portuarias al servicio de las corporaciones municipales, instalaciones dedicadas al deporte, o instalaciones dinamizadoras de la economía y fuente de inversión.
Debe tomarse conciencia de la relevancia económica que tiene un puerto en funcionamiento y una concesión bien gestionada, y por ello, la regulación tributaria debe favorecer precisamente el bien principal: la actividad económica y su viabilidad.
Si queremos puertos amplios y cómodos de maniobra, sostenibles medio ambientalmente, que fomenten la vela y los deportes náuticos, o que dediquen espacios a la pesca tradicional, podemos promover que se dé un trato diferenciado en el cobro de las tasa de ocupación a las superficies destinadas a dichos usos.
La ley de costas prevé una bonificación del 75 % en las concesiones destinadas a usos deportivos, y nadie se ha escandalizado; y Puertos del Estado ha promovido bonificaciones a aquellos concesionarios de plataformas logísticas que acrediten la obtención de certificados de calidad medioambiental.
Los puertos deportivos son infraestructuras al servicio del turismo y de la economía del país. Y ello debe aprovecharse. En este sentido, estas bonificaciones pueden trasladarse a la náutica deportiva si la Ley de Costas lo permite y la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante también.
Jaume Prats
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